abril 22nd
Papeles mojados
En estos días de Orgullo Dei comprobamos que uno de los máximos preceptos de la Carta Magna se queda en un mero chiste. Es en concreto el artículo 16.3, que reza -¡uy!- lo siguiente:
Pero la Constitución no es el único texto que ha intentado regular la separación Iglesia-Estado, que a la postre es virtual. La ley de Libertad Religiosa, planteada por el actual gobierno socialista pero aparcada en estos nuevos viejos tiempos de neoconservadurismo a la española, establece que la presencia de personas con cargos públicos en actos religiosos sólo puede darse a título individual y de forma voluntaria. Los militares se ven obligados a participar en rituales católicos de este tipo a pesar de que el Reglamento Militar dice lo contrario. Como ven, parece que las lágrimas de las tallas caen directa y eternamente sobre el papel de los documentos importantes aprobados en democracia.
En este país, un trozo de madera todavía tiene la potestad de indultar a un preso condenado a tres años de prisión por un delito contra la salud pública, en nombre de una tradición instaurada por Carlos III. En este país, los ministros aún juran sus cargos en una sala presidida por un crucifijo. En este país, los funerales de Estado son de carácter exclusivamente católico. En este país, la Iglesia Católica recibe del Estado más de 6.100 millones de euros al año. En este país, los obispos no pagan impuestos por los bienes inmuebles de lugares dedicados al culto. En este país, los políticos se arrodillan ante un líder religioso que asegura que la mujer debe encontrar su lugar en las tareas domésticas. En este país, hay capillas en las universidades públicas y en los aeropuertos, gestionados por una empresa de carácter estatal. En este país, los colegios públicos todavía son plataformas de proselitismo.
Ante tanto papel legislativo mojado, se me viene a la mente otro tipo de papel, más artístico y por tanto, más real, más trascendental, más sólido, más sabio y más descriptivo, de El mañana efímero de Machado:
cerrado y sacristía,
devota de Frascuelo y de María …
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Cuanta Razón. Podría decir más, pero para que añadir nada a lo que ha quedado redondo
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Yo me quedaría con esto:
CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA ESPAÑOLA de 1931
Artículo 3. El Estado español no tiene religión oficial.
Ahí que ver como se pueden desandar los caminos…
Una pena pensar donde podríamos estar y ver donde estamos.